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DERECHOS DE
VISITACIÓN Y RESPONSABILIDADES
Los dos padres tienen derechos y
responsabilidades por igual hacia su hijo. Cuando los
padres de un niño no viven juntos, ejercer esos derechos
y responsabilidades puede convertirse en un problema. El
niño no puede vivir en dos lugares al mismo tiempo. El
padre con posesión física tiene el derecho de controlar
las actividades del menor a menos que haya una orden de
la corte entre los padres relacionada con las
actividades del menor. La orden de la corte puede
llamarse Decreto de divorcio, un Decreto de paternidad,
o una Orden por demanda que afecta la relación padre e
hijo. No importa el nombre, la orden siempre
identificará los padres conocidos, al menor y los
derechos y las responsabilidades de cada padre.
A los jueces les gusta que los padres
cooperen
A los jueces les gusta que los padres
sean adultos responsables y colaboren para lograr lo
mejor para el niño. Los menores se benefician cuando los
padres apoyan mutuamente sus decisiones y proporcionan
pautas y expectativas claras a sus hijos. Colaborar para
lograr lo mejor para el niño a veces requiere que los
padres dejen a un lado sus sentimientos personales.
Cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo sobre la
división de derechos y responsabilidades, la corte
definirá los derechos y las responsabilidades que
considere de beneficio para el niño. En algunos casos,
el juez puede nombrar un tutor ad
litem u abogado ad litem
para investigar y reportar a la corte. Esto es un
proceso muy costoso que da a la corte control sobre las
decisiones de paternidad en vez de que los padres tomen
decisiones que afecten a la familia. En muchos casos,
ninguno de los padres estará contento con la decisión
que la corte se vea obligada a tomar porque los padres
no pueden llegar a un acuerdo. La corte se guía por el
Código Familiar de Texas (Texas
Family Code), que
expone los derechos y las responsabilidades “estándar”
de cada padre. Un juez puede modificar los derechos y
las responsabilidades “estándar” según los hechos y la
evidencia en cada caso.
La diferencia entre los tutores y los
curadores
La persona que tiene derechos de
posesión de un menor es conocida como “tutor” ("conservator",
en inglés) bajo la ley de Texas. Esto es parecido a un
“curador” ("guardian", en
inglés), pero es diferente. Un “curador” es alguien que
fue designado por la Corte de Sucesiones de Texas (Texas
Probate
Court)
y por lo general solo se necesita si el niño tiene
dinero o propiedad que necesita protección. Las leyes de
Texas también otorga derechos de "acceso" a los abuelos,
estos derechos son diferentes de los derechos de
"posesión".
Hay dos tipos de “tutores”. Hay un
"tutor principal” y un “tutor posesor”. La corte puede
designar "tutores principales conjuntos" o un "tutor
principal único" con el número de "tutores posesores"
que la corte considere adecuado.
Se supone la tutela principal conjunta.
La primera vez que la corte tiene que
tomar una decisión sobre la tutela, la ley supone que
los dos padres deben ser tutores principales conjuntos.
El juez puede tomar en cuenta el historial de violencia
doméstica, o si el padre ha tenido poco contacto o una
relación con el niño cuando considere las restricciones
sobre los derechos y la posesión.
Derechos y deberes estándar de un tutor
El padre que es nombrado tutor de un
niño tiene los siguientes derechos en todo momento:
1. Recibir información de cualquier otro
tutor del niño sobre la salud, la educación y el
bienestar del niño;
2. Consultar con el otro padre en la
medida que sea posible antes de tomar una decisión sobre
la salud, la educación y el bienestar del niño;
3. Tener acceso al historial
médico, dental, psicológico y educacional del menor;
4. Consultar con el médico,
dentista o psicólogo del niño;
5. Consultar con funcionarios escolares
en relación al bienestar y el estado educativo,
incluyendo las actividades escolares del niño;
6. Asistir a las actividades
escolares;
7. Ser nombrado en el
historial del niño como la persona con quien
comunicarse en caso de una emergencia;
8. Consentir a tratamiento médico,
dental o quirúrgico durante una emergencia que
signifique un peligro inmediato a la salud y seguridad
del niño; y
9. Administrar el patrimonio del niño en
la medida que el patrimonio haya sido creado por el
padre o la familia del padre.
Derechos y deberes estándar de un tutor
durante un periodo de posesión:
1) Deber del cuidado, control,
protección y disciplina razonable del niño;
2) Deber de mantener al niño, incluso
proveerle ropa, comida, albergue,
y
atención médica y dental que requiera un procedimiento
invasivo;
3) Derecho de dar consentimiento para
que el niño reciba atención médica y dental que no
requiera un procedimiento
invasivo;
y
4) Derecho de dirigir la formación moral
y religiosa del niño.
Los derechos y deberes “estándar” de un
tutor principal único son:
1) Derecho de nombrar la residencia
principal del niño;
2) Derecho de dar consentimiento para
que el niño reciba tratamiento médico, dental o
quirúrgico que requiere un procedimiento
invasivo;
3) Derecho de dar consentimiento para
tratamiento psiquiátrico y psicológico;
4) Derecho de recibir y dar un recibo
por pagos periódicos para la manutención de niños y de
retener o distribuir estos fondos para el beneficio del
niño;
5) Derecho de representar al niño en una
acción legal y de tomar otras decisiones relacionadas
con el niño y de significado legal considerable;
6) Derecho de dar consentimiento para el
matrimonio y de alistamiento en las fuerzas armadas de
Estados Unidos;
7) Derecho de tomar decisiones
relacionadas con la educación del niño;
8) Derecho a los servicios y ganancias
del niño; y
9) Derecho de actuar como un agente del
niño con relación al patrimonio del niño
si
el gobierno del estado, Estados Unidos o un gobierno
extranjero requiere que el niño tome una medida.
Orden Estándar de Posesión
Siempre se tiene que nombrar a un adulto
como “tutor principal”. Esta es la persona que tiene la
custodia principal del niño y determina dónde va a
vivir. Si usted no es el tutor principal, entonces usted
es “el padre sin custodia”. Cada padre sin custodia debe
tener derechos muy específicos de posesión del niño
escritos en la orden de la corte. La ley de Texas
establece derechos específicos de posesión que se
presumen ser en beneficio de los mejores intereses del
niño. El juez puede cambiar estos derechos de posesión
si hacerlo beneficia los intereses del niño. La “Orden
Estándar de Posesión” establece que el “padre sin
custodia” tendrá la posesión de su hijo:
Posesión en el fin de semana
El padre sin custodia tiene el derecho
de tomar posesión del niño cada primer, tercero y quinto
fin de semana del mes. La hora y el lugar para
intercambiar al niño pueden variar.
Si los padres viven a más de 100 millas
de distancia el uno del otro, el padre sin custodia
tiene el derecho de elegir o el primer,
tercero o quinto fin de semana o cualquier
fin de semana del mes si avisa suficiente tiempo antes.
Posesión entre semana
El padre sin custodia tiene el derecho
de tomar posesión del niño cada jueves (o miércoles si
su orden fue firmada antes del 1 de septiembre de 2005).
La hora y el lugar del intercambio pueden variar. Puede
comenzar cuando la escuela sale normalmente o a las 6:00
p.m. y terminar a las 8:00 p.m. o el próximo día cuando
resuma la escuela, al menos que el viernes sea un
viernes en que el padre sin custodia tiene el derecho de
posesión.
Posesión los días festivos
La temporada de fiestas navideñas se
divide en dos partes. La primera parte es desde el día
en que termina la escuela hasta el mediodía el 26 de
diciembre (o el 28 de diciembre si su orden fue firmada
después del 15 de junio de 2007) y la segunda
parte es del mediodía del 26 de diciembre (o el 28 de
diciembre si su orden fue firmada después del 15
de junio de 2007) hasta que la escuela resuma
actividades después de las vacaciones de Navidad. Un año
el tutor “principal” tendrá al niño durante la primera
mitad y el próximo año durante la segunda mitad. El
padre sin custodia con derechos de visitas tendrá
posesión del niño durante la otra mitad de las
vacaciones de diciembre.
Los días de Acción de Gracias se dividen
por años pares o impares. Un padre tiene derecho de
posesión por este periodo de vacaciones en años impares
y el otro padre tiene derecho de posesión en los años
pares.
Si la madre no tiene posesión del niño
el Día de la Madre, tiene el derecho de recoger al niño
para una visita el Día de las madres.
Si el padre no tiene posesión del niño
el Día del padre, tiene el derecho de recoger al niño
para una visita el Día del padre.
Posesión el día del cumpleaños
El padre que no tiene posesión el día
del cumpleaños del niño tiene el derecho de recoger al
niño por dos horas entre las 6 p.m. y las 8 p.m.
Posesión durante el verano
Si los padres viven a 100 millas o menos
de distancia el uno del otro, el padre sin custodia
tiene derecho a 30 días de posesión durante los meses de
verano. Si los padres viven a más de 100 millas de
distancia el uno del otro, el padre sin custodia tiene
derecho a 42 días de posesión durante los meses de
verano. El tutor principal tendrá algunos derechos de
visita durante estos periodos.
Posesión durante las vacaciones de
primavera
Si los padres viven a 100 millas o menos
de distancia el uno del otro, el periodo de vacaciones
de primavera del niño se trata igual que las vacaciones
de Acción de Gracias. Un padre tiene al niño en los años
pares y el otro tiene al menor en los años impares. Si
los padres viven a más de 100 millas de distancia el uno
del otro, el padre que no tiene la custodia tiene el
derecho de posesión del niño todas las vacaciones de
primavera.
Actualizaciones legislativas
Para más información sobre los derechos
y las responsabilidades de los padres, las
actualizaciones legislativas, incluyendo aquellas que
afectan a las familias de militares y otros asuntos
relacionados con las familias, vaya en línea a
www.txaccess.org o llame a la línea directa de
acceso y visitas (Access and
Visitation) al
1-866-292-4636 de lunes a viernes de 1 a 7 p.m., para
hablar sobre su orden con un abogado que sepa de derecho
familiar.